LA JUSTIFICACIÓN MORAL EXTRA SISTÉMICA
EN LAS SENTENCIAS JURÍDICAS DE LAS CORTE CONSTITUCIONAL MEXICANA EN EL PROCESO
DE INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS
Marco Antonio Nambo Pérez
1.
Justificación:
La Suprema Corte, a raíz de las reformas
constitucionales de 2011, tendrá mayor oportunidad para utilizar su facultad de
interpretación constitucional por medio del amparo y otros procesos
constitucionales. De ahí que sea necesario un estudio teórico sobre los
supuestos básicos que justificarán el obedecer las sentencias constitucionales,
sobre todo aquellas que se basen en normas morales: así también se deberá
analizar cuál es el límite de dicha interpretación.
2.
Marco teórico de referencia:
Cuando pensamos en el término “derechos humanos” nos
viene a la mente la pregunta ¿acaso no todos los derechos son esencialmente
humanos? Es decir, en tanto que el ser humano es receptor obvio de derechos,
decir que un derecho es humano pareciera ser redundante, pareciera que
cometemos petición de principio. Si por otro lado pensamos a los “derechos
humanos” como aquellos derechos básicos con los que debe contar toda persona,
nos enfrentamos de inmediato con el problema de la universalidad de los mismos,
es decir, ¿cuáles tendrían que ser esos derechos que sean básicos para un ser
humano en un sentido abstracto? Estamos hablando de derechos que sean exigibles
en todo espacio y todo tiempo, por ello podríamos aplicarles el predicado de
“ser universales”, sin embargo, si, por ejemplo, tomamos el positivismo
jurídico como piedra de toque para saber lo que es un derecho, tendríamos que
poner en tela de duda la propiedad de universalidad, pues es complicado que
exista un derecho que de hecho esté previsto por todos los sistemas normativos
en el tiempo y en el espacio. Si analizamos bien la propuesta, estamos frente a
una pretensión universalista derivado probablemente de la ética kantiana, bajo
formulaciones de imperativos categóricos que sean operativos de forma
universal. Si esto es así, ya no estamos hablando más de derecho, sino de
filosofía práctica. Por otro lado, se dice que los “derechos humanos” son un
recurso político para la legitimación del poder, lo cual merece, sin duda, de
un estudio serio.
3.
Delimitación del tema, del problema central de la investigación y de la
hipótesis de trabajo:
Revisaré la situación actual de la Corte
Constitucional Mexicana. Sobre todo en razón de cómo a través del uso del
término “derechos humanos” (reforzado por la reforma constitucional en materia
de derechos humanos de octubre de 2011 en México) se pueden dar justificaciones
extra sistémicas, ajenas a la ciencia del derecho y vinculadas a los sistemas
morales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenta con
facultades constitucionales de “creación jurisprudencial obligatoria” la cual
vincula a todos los tribunales del país, dependan o no del Poder Judicial de la
Federación. Además, cuenta con una facultad constitucional de “emisión de
acuerdos generales” por medio de los cuales distribuye los asuntos que le
llegan a los Tribunales Colegiados para su pronta resolución, lo cual hace
efectivo el derecho fundamental de “justicia pronta y gratuita” previsto por
nuestra Ley Fundamental. El problema es cuando en resoluciones de
interpretación constitucional, el juez, ante la necesidad de colmar lagunas,
debe buscar justificaciones ya no en las normas eminentemente jurídicas, sino
que utiliza otras normas de conducta como lo son las morales. Si el Discurso de
los Derechos Humanos puede ser eminentemente moral, jus naturalista hasta cierto
punto, entonces estaríamos aplicando justificaciones externas en los casos
difíciles resueltos por la Suprema.
Mi hipótesis será que en interpretación
constitucional vinculada a los derechos humanos, en ocasiones las normas
morales justifican las decisiones jurídicas de los magistrados
constitucionales, sobre todo ante casos difíciles.
4.
Aspecto operacional
a)
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b)
Fase operativa:
Voy a analizar, fundamentar, jerarquizar,
seleccionar y sintetizar los datos de la información recabada.
c)
Esquema de trabajo:
La justificación moral extra sistémica en las
sentencias jurídicas de las Corte Constitucional Mexicana en el proceso de
interpretación constitucional en materia de derechos humanos.
A. Justificación racional de la interpretación
constitucional de la Suprema Corte de Justicia
B. De lo racional a lo razonable en Aarnio.
C. Sobre la interpretación.
1. Interpretación en general.
a) Aristóteles.
b) Quintiliano.
c) Heidegger.
d) Gadamer.
e) Foucault.
f) Derridá.
g) Ricoeur.
2. Criterios de interpretación en tribunales
constitucionales.
D. El problema del uso de valores en la
interpretación del derecho.
1. Calidad ontológica de los valores.
2. Kelsen y la dificultad del uso de valores dentro
de un sistema jurídico.
E Entre moral y derecho: el debate Hart-Dworkin
F. De vuelta al coto vedado: ¿en realidad es posible
identificar valores universales?
G. El problema de la referencia en el uso del
lenguaje.
H. La argumentación jurídica como justificación de
la interpretación constitucional. Uso con criterios lógico, no retóricos.
d)
Metodología:
La indagación propuesta es de naturaleza analítica,
privilegiando el positivismo jurídico, por lo que nos apoyaremos principalmente
en la lógica jurídica y en la argumentación.
5.
Recursos:
a)
Técnicos:
Utilizaré fichas bibliográficas, fichas de trabajo
digitales, resúmenes digitales y esquemas de mapa mental.
b)
Bibliográficos:
Utilizaré las bibliotecas de la Facultad de Derecho,
la Facultad de Filosofía y Letras, el Instituto de Investigaciones Jurídicas y
el Instituto de Investigaciones Filosóficas; todas de la Universidad Nacional
Autónoma de México.
c)
Temporales:
Semanas
Actividad
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Semanas de
ejecución
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Periodo 2012-2013
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nov.-dic. 2012
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enero-febrero 2013
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marzo-abril 2013
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mayo-junio 2013
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julio-agosto 2013
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sept-oct. 2013
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Recopilación de información
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Análisis y procesamiento de información
documental
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Trabajo de gabinete.
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Revisión de contenidos.
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Primer borrador.
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Revisión junto con el asesor.
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Redacción del documento final.
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